Cd. de México. 28 de febrero del 2023.- La Fiscalía General de la República acusó al Juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, quien otorgó un amparo a Francisco García Cabeza de Vaca, de actuar como un agente de defensa del imputado y beneficiarlo, en vez de asumir su papel como juzgador y confirmó que impugnará la resolución que dejó sin efecto la orden de aprehensión contra el ex gobernador.
“Ante esa sentencia, notoriamente alejada del derecho y del más elemental sentido de justicia, se promoverá el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que la emitió”, informó la Fiscalía General de la República, en un comunicado, la tarde de este martes.
“Es más que evidente en la sentencia de amparo aludida, que quien la emite, antes que hacer un análisis específico e integral tanto de lo que se planteó al solicitar la orden de aprehensión, como de lo resuelto por el Juez de Control al librar la orden de aprehensión, así como de lo alegado por la parte promovente del amparo, se dedica por entero a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras del quejoso, las cuales en todo caso denotan la organización de hecho realizada por el citado y otras personas para la realización de ciertas conductas que llevan a la materialización de uno de los delitos contemplados en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada”, indicó la dependencia federal.
Asimismo, consideró absurdo el argumento del juez Faustino Gutiérrez al establecer que no podrían coexistir los delitos de delincuencia organizada y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cuando es por demás conocido que el primero de ellos, es autónomo por esencia e incluso no requiere que se materialice la conducta o finalidad de la organización.
La Fiscalía lamentó que el propósito de combatir los delitos cometidos por altos funcionarios bajo esquemas que, además de constituir actos de corrupción, implican la comisión de ilícitos penales, como en el caso del ex gobernador Cabeza de Vaca, se ve afectado cuando se producen determinaciones judiciales que atentan contra el derecho y contra una recta administración de justicia.
Además, considera que el juicio de amparo fue tramitado y resuelto sin convocar al agente del Ministerio Público de la Federación (MPF), que investigó y judicializó el caso, cuando en derecho era obligado haberle dado la oportunidad de intervenir por su calidad de tercero interesado en ese juicio.
“Esa omisión contraviene de manera clara, lo establecido al respecto en el artículo 5º, fracción III, inciso e), de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la propia jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, señaló.